A través de la Resolución General 5900/2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el régimen de guarda, digitalización y eliminación de la documentación de comercio exterior. La norma acorta el plazo durante el cual importadores y exportadores deben conservar sus legajos aduaneros y elimina la autorización previa que se exigía para destruirlos.
La disposición, firmada por el titular del organismo, Andrés Vázquez, y publicada este jueves en el Boletín Oficial, fue celebrada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. «Un kiosko menos», escribió el funcionario en la red social X, donde sostuvo que la norma desarma un régimen que obligaba a los operadores a guardar documentación «por plazos excesivos», a «pedir permiso para destruirlos» y a «contratar a intermediarios obligatorios».
Sturzenegger apuntó de lleno contra los Prestadores de Servicios de Archivo y Digitalización (PSAD), empresas privadas autorizadas para custodiar los legajos aduaneros. El ministro calificó el esquema como «un curro que se había armado en la aduana kirchnerista porque había solo un puñado de operadores autorizados».
UN KIOSKO MENOS. La Resolución General 5900/26 de @ARCA_informa, con firma de Andrés Vázquez, desarma el régimen que obligaba a importadores, exportadores y transportistas a guardar legajos aduaneros por plazos excesivos, pedir permiso para destruirlos y contratar a… pic.twitter.com/ApSkFyMA1p
— Fede Sturzenegger (@fedesturze) September 24, 2026
Sin embargo, la propia resolución oficial reconoce en sus considerandos que el marco normativo anterior (la RG 2.721) ya contemplaba la modalidad de «auto-archivo«, es decir, que cada operador conservara sus papeles por su cuenta, aunque sujeta a los parámetros técnicos fijados por el organismo.
Qué cambia para los operadores
- Plazo más corto: hasta ahora, la documentación debía conservarse hasta cinco años después de que prescribiera la acción del Fisco sobre la operación aduanera. Con la nueva norma, la guarda obligatoria concluye cuando opera esa prescripción. Según Sturzenegger, el cambio reduce costos de archivo y seguros.
- Destrucción sin permiso previo: cumplido ese plazo, las empresas podrán destruir los papeles por el método que elijan y bajo su exclusiva responsabilidad, sin solicitar autorización a ARCA, sin aviso previo y sin presencia de veedores. Según detalló Sturzenegger, hasta hoy se exigía destruir el material en predios habilitados, labrar un acta y presentar una declaración jurada.
- Condiciones para el archivo propio: quienes no contraten un PSAD podrán resguardar sus legajos siempre que cumplan las exigencias de ARCA: recinto exclusivo sin compartir con otros auxiliares, controles de acceso, sistemas contra incendios y plagas, y digitalización total remitida dentro de los cinco días hábiles. El incumplimiento puede derivar, tras una intimación para subsanarlo, en la inhabilitación del operador, y ARCA puede exigirle transferir sus legajos a un prestador habilitado.
Excepciones y vigencia
La normativa precisa que aquellos documentos vinculados a procedimientos administrativos o judiciales en curso deberán resguardarse obligatoriamente hasta que esos procedimientos concluyan. Asimismo, los trámites aduaneros previos al 3 de agosto de 2009 que continúen bajo custodia del Estado mantendrán su régimen histórico.
La medida entró en vigencia este jueves tras su publicación oficial y dejó sin efecto, entre otras, las resoluciones 4.654 y 5.043, que pautaban los anteriores esquemas de destrucción. Las pautas operativas y los cronogramas de implementación quedarán centralizados en el micrositio «Depositario Fiel» dentro del portal web del organismo.