
El vicepresidente de la Cámara de Representantes, Simón Molina Gómez, presentó ante la Corte Constitucional un memorial relacionado con la Ley 2381 de 2024, conocida como reforma pensional, en el que solicita poner en conocimiento del alto tribunal una providencia judicial posterior a la Sentencia C-264 de 2026.
El documento, conocido por Infobae Colombia, pide que se determine si los nuevos elementos pueden ser incorporados a expedientes de constitucionalidad que permanecen vigentes y si tienen pertinencia constitucional o probatoria frente al trámite legislativo de la reforma.
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La solicitud está relacionada con una sentencia de primera instancia del Consejo de Estado, emitida el 25 de septiembre de 2026, dentro de un proceso de pérdida de investidura contra el entonces senador Iván Leonidas Name Vásquez.
La decisión declaró la pérdida de investidura por la causal de tráfico de influencias debidamente comprobado, prevista en el numeral 5 del artículo 183 de la Constitución.
De acuerdo con el memorial, Name ejerció la Presidencia del Senado durante el periodo legislativo 2023-2024. La providencia del Consejo de Estado analizó su actuación a partir de elementos relacionados con el ejercicio de esa función y con el trámite de las reformas impulsadas por el Gobierno.
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El documento cita la sentencia para señalar que la Sala examinó su conducta “a través de la producción de una conducta de persuasión, encaminada a que, mediante tratativas con otros servidores públicos, el entonces senador se valiera de su condición de presidente del Congreso para obtener dinero, que recibió de otros servidores, so pretexto de apartarse de la dirección del trámite legislativo de la reforma pensional”.
La providencia valoró testimonios, declaraciones juradas, información técnica sobre ubicación de dispositivos celulares, comunicaciones, documentos, informes investigativos y material trasladado de actuaciones adelantadas ante la Corte Suprema de Justicia. También incorporó videograbaciones oficiales correspondientes a 16 sesiones plenarias del Senado relacionadas con el trámite de la reforma.
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Según la reconstrucción del Consejo de Estado citada por Molina, las actuaciones decisivas del proyecto se desarrollaron entre el 28 de febrero y el 23 de abril de 2024. La ponencia positiva fue aprobada el 15 de abril y entre el 16 y el 23 de abril se concentraron la discusión y votación del articulado. La providencia examinó 16 sesiones y señaló que en 14 de ellas Name no dirigió integralmente la plenaria o cedió su conducción a otros integrantes de la Mesa Directiva, entre ellos la entonces senadora María José Pizarro.
Molina plantea que estos elementos deben ser examinados para establecer si tuvieron alguna incidencia material sobre garantías relacionadas con la deliberación, la publicidad, la participación de las minorías, el cuórum, las votaciones o la formación de la voluntad legislativa.
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El vicepresidente de la Cámara precisa que su escrito no sostiene que una conducta individual atribuida a un congresista invalide por sí sola una ley. La petición se concentra en determinar si los hechos establecidos posteriormente por una autoridad judicial pudieron proyectarse sobre actuaciones concretas del trámite legislativo.
Por ello, solicita identificar los procesos de constitucionalidad contra la Ley 2381 de 2024 que estén en trámite, suspendidos o pendientes de decisión y que contengan cargos relacionados con el procedimiento surtido en el Senado. También pide que, si existe un expediente procesalmente habilitado, se evalúe la pertinencia de incorporar el memorial y sus anexos, así como la eventual práctica de pruebas oficiales.
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Entre las pruebas solicitadas están las actas, Gacetas del Congreso, órdenes del día, videograbaciones, certificaciones de quórum y registros de votación de las sesiones en las que se adelantó el segundo debate del entonces Proyecto de Ley 293 de 2023 Senado. El objetivo planteado es establecer objetivamente si los hechos examinados por el Consejo de Estado guardan relación con decisiones de dirección, deliberación o votación relevantes para la aprobación de la reforma.
El memorial también pide que, si no existe un expediente vigente cuyos cargos permitan considerar estos elementos, la Corte deje constancia de esa circunstancia. Molina señala expresamente que su escrito no constituye una nueva demanda de inconstitucionalidad ni pretende reabrir o modificar la Sentencia C-264 de 2026.
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La Corte Constitucional también recibió, según la información suministrada, solicitudes presentadas por Colpensiones, el Ministerio de Hacienda y el Banco de la República relacionadas con el futuro de la reforma pensional. La magistrada Paola Meneses informó que estos requerimientos serán analizados por la Sala Plena antes de adoptar una decisión.
Durante una rueda de prensa, Meneses explicó que las solicitudes recibidas por la Corte son estudiadas por la Sala Plena y que los documentos pasarán a formar parte del expediente correspondiente. La entrada en vigencia de la Ley 2381 de 2024 está prevista para el 1 de abril de 2027.
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La magistrada indicó además que el alto tribunal revisará los argumentos presentados por las entidades y posteriormente adoptará una decisión. El memorial de Molina, por su parte, plantea que la información sobre la actuación de Name sea valorada únicamente dentro de los procesos que resulten procesalmente habilitados y en el alcance de los cargos admitidos; es decir, la solicitud no pide declarar directamente la invalidez de la Ley 2381 de 2024, sino determinar si los nuevos elementos tienen relevancia constitucional o probatoria.