Publicado 16/07/2026 - 13:55 CEST•última actualización 14:00
Los cinco magistrados de la Sección 23, reunidos en sala reforzada, han dado la razón al juez instructor en el punto que más consecuencias prácticas tiene para el desarrollo del proceso: la causa contra la esposa del presidente del Gobierno seguirá adelante por el cauce del Tribunal del Jurado. Serán nueve residentes en la Comunidad de Madrid, y no un magistrado profesional, quienes decidan si Gómez es o no culpable.
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La sala rechaza, eso sí, que se le juzgue por apropiación indebida y corrupción en los negocios, dos de los cuatro delitos que Peinado había incluido en su auto de apertura de juicio oral del pasado 20 de junio.
Pero esa reducción no altera el fondo de la decisión, porque los dos delitos que sí mantiene el Tribunal, tráfico de influencias y malversación, son precisamente los que determinan que el juicio se celebre ante un jurado ciudadano y no ante un Tribunal profesional. Se trata de un dato con peso: según cifras del Consejo General del Poder Judicial, más del 90% de los procedimientos que llegan a esta vía terminan en condena.
¿Quién se sienta en el banquillo y por qué?
Cristina Álvarez, la asistente personal de Begoña Gómez, también será procesada, aunque su situación es distinta a la de su jefa. La Audiencia limita su responsabilidad a un presunto delito de malversación de caudales públicos vinculado exclusivamente al supuesto desvío de un software desarrollado en el marco de la cátedra que Gómez codirigía en la Universidad Complutense.
Álvarez queda al margen, por tanto, de la acusación por tráfico de influencias. Para ambas, además, se sobresee la acusación por corrupción en los negocios.
El tercer investigado, el empresario Juan Carlos Barrabés Cónsul, sale del procedimiento por Ley del Jurado. Su caso se seguirá por la vía del procedimiento abreviado, centrado en si las adjudicaciones de contratos públicos que recibió se ajustaron o no a la legalidad.
¿Qué cambia a partir de ahora?
La Sala ha decidido levantar las medidas cautelares personales que pesaban sobre las dos investigadas: la prohibición de salir del país, la entrega del pasaporte y la obligación de comparecer cada quince días ante la autoridad judicial quedan sin efecto. El Tribunal precisa, no obstante, que tanto Gómez como Álvarez deberán permanecer localizables en todo momento mientras avanza el procedimiento.
La decisión llega después de casi dos años de instrucción, marcados por recursos cruzados entre la Fiscalía, que ha pedido en varias ocasiones el archivo de la causa y, más recientemente, la absolución de los tres procesados, y las defensas, que han cuestionado la base indiciaria del caso.