La Justicia de Reino Unido ha fallado a favor de Pontegadea, el vehículo inversor de Amancio Ortega, en el litigio que mantenía con Forthwell por el restaurante Rogano, el más antiguo de Glasgow. La resolución no tendrá efectos económicos para las partes, que en mayo alcanzaron un acuerdo extrajudicial sobre la disputa.
El Tribunal Supremo de Reino Unido ha fallado a favor de Pontegadea, el vehículo inversor de Amancio Ortega, en el litigio que mantenía con Forthwell, arrendataria del local en el que se ubicaba el restaurante Rogano, el más antiguo de Glasgow. La sentencia, fechada el 17 de septiembre, confirma la decisión de la sala de apelaciones escocesa y rechaza de forma definitiva la reclamación de indemnización por las pérdidas de negocio sufridas tras el cierre del local en 2020.
El fallo llega apenas cuatro meses después de que ambas partes alcanzaran un acuerdo extrajudicial la misma noche previa a la vista oral, fijada para el 20 de mayo en Glasgow, en la primera sesión que el alto tribunal británico celebró jamás en la ciudad escocesa. Pese a ese pacto, cuyos términos no han trascendido, el Supremo optó por no permitir la retirada del recurso y continuó con la vista hasta dictar sentencia sobre el fondo del asunto.
Según recoge la propia resolución, el tribunal consideró que el litigio planteaba "un punto de derecho de importancia pública general" y que existía al menos otro procedimiento judicial suspendido a la espera de esta decisión, por lo que resultaba conveniente fijar un criterio con valor de precedente.
La disputa se remonta a los daños por inundaciones y filtraciones de agua que sufrió el local en diciembre de 2020 y enero de 2021, que dejaron la instalación eléctrica inutilizable y el establecimiento sin calefacción, e impidieron su reapertura después de la pandemia.
Forthwell, titular del contrato de arrendamiento con Pontegadea desde 2013, reclamaba no solo la ejecución de las obras de reparación pendientes, sino también una indemnización por el lucro cesante sufrido por Rogano, su filial y operadora del restaurante, a la que Forthwell no había cedido formalmente el arrendamiento.
El núcleo jurídico del recurso giraba en torno a la doctrina de la "pérdida transferida" o transferred loss, que permite en determinados supuestos que una parte contratante reclame daños sufridos en realidad por un tercero ajeno al contrato. Forthwell defendía que esa doctrina debía aplicarse a su favor por tratarse de sociedades del mismo grupo con un "interés material" compartido en el local.
El juez Raymond Doherty rechaza ese planteamiento y advierte, además, de que admitir esa doctrina en los términos planteados por Forthwell abriría una excepción "demasiado amplia y demasiado indefinida" a la regla general según la cual una parte solo puede reclamar los daños que ella misma ha sufrido, con el riesgo de generar consecuencias imprevisibles para la parte demandada.
El Supremo prefiere, no obstante, dejar sin resolver si el llamado broader ground —una vía alternativa para admitir este tipo de reclamaciones— forma parte del derecho inglés o del escocés, al considerar que ninguna de las partes había litigado sobre esa cuestión con el detalle necesario.
Al margen de su relevancia doctrinal para el derecho anglosajón, la resolución carece de efectos económicos directos para las partes, dado que el acuerdo alcanzado en mayo sigue vigente y prevalece sobre esta nueva resolución.
El Rogano, que abrió sus puertas en 1874 y ocupó de forma ininterrumpida el número 11 de Exchange Place desde 1935 hasta su cierre por la pandemia, continúa sin haber podido reabrir sus puertas.