La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó cambios en el reglamento que rige a las empresas emisoras de dinero electrónico, responsables de servicios vinculados a billeteras digitales como Yape y Plin, que son de las más utilizadas por millones de peruanos. La actualización busca adaptar las normas al crecimiento de los pagos digitales y reforzar la supervisión sobre las operaciones que realizan estas entidades. Entre las modificaciones se incluyen nuevas obligaciones de reporte, reglas para las transferencias de fondos y precisiones sobre las actividades que podrán desarrollar en el mercado financiero. Si utilizas Yape, Plin u otra billetera digital, y quieres conocer cómo impactarán estas medidas en el sistema financiero, conoce cuáles son las principales disposiciones aprobadas por la SBS y desde cuándo serán aplicadas.

La SBS modificó el Reglamento de las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico mediante la Resolución SBS N.° 01881-2026. Con esta actualización se busca que la regulación responda al crecimiento de los servicios financieros digitales y al mayor uso de herramientas electrónicas para realizar pagos y transferencias.

Las principales disposiciones son las siguientes:

Yape o Plin.

Yape o Plin.

Las nuevas disposiciones indican que las operaciones de transferencia y las liquidaciones realizadas con corresponsales deberán efectuarse utilizando recursos propios de las empresas. Además, esos fondos no podrán provenir del dinero reservado para constituir las garantías exigidas por la Ley N.° 29985, que regula el funcionamiento del dinero electrónico en el país. Con esta medida se busca mantener una separación clara entre los recursos destinados a las operaciones diarias y aquellos que cumplen funciones de respaldo.

La norma también amplía la cantidad de información que las empresas deberán remitir a la Superintendencia mediante el aplicativo SUCAVE. Entre los datos solicitados figuran reportes financieros, contables y de gestión, así como información sobre la composición accionaria, el patrimonio efectivo, el grupo económico al que pertenecen, el dinero electrónico administrado y las estadísticas mensuales relacionadas con los reclamos presentados por los usuarios.

Además, cuando corresponda, las empresas deberán presentar el Anexo ETF 1-B, documento que resume las transferencias internacionales de fondos y que permitirá fortalecer el seguimiento de este tipo de operaciones.

Las modificaciones aprobadas por la SBS comenzarán a aplicarse al día siguiente de su publicación oficial. Sin embargo, la obligación de presentar el Anexo ETF 1-B será exigible con la información correspondiente al mes de octubre de 2026. Según la entidad, estos cambios responden al incremento de las transferencias impulsadas por la interoperabilidad y al avance constante de los servicios financieros digitales, con el propósito de reforzar el control y la supervisión del sistema.