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Eduardo Parra Europa Press

Observatorio de la movilidad

La compañía cobraba entre 33,88 y 45 euros en concepto de gastos de gestión.

La multinacional estadounidense podrá recurrir la sanción en los tribunales.

Más información: Las llamadas a revisión de vehículos en EEUU lastran la rentabilidad de las empresas de alquiler de coches

Publicada 19 agosto 2026 08:00h

Actualizada 19 agosto 2026 08:46h

Las claves

Generado con IA

El Ministerio de Consumo ha multado a Avis con un millón de euros por cobrar una tasa de gestión de sanciones administrativas a sus clientes.

Avis imponía entre 33,88 y 45 euros por gestionar y comunicar a la Administración la identidad del infractor, a pesar de ser una obligación legal de la empresa.

La sanción considera la práctica abusiva y desproporcionada, ya que la ley prohíbe repercutir este coste al cliente.

Esta multa se suma a otras impuestas a empresas como Ryanair, Vueling o Airbnb por prácticas similares consideradas abusivas.

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, dirigido por Pablo Bustinduy, ha impuesto una sanción de un millón de euros a la empresa estadounidense de alquiler de vehículos Avis por prácticas abusivas.

La multinacional estadounidense cobraba una tasa de entre 33,88 y 45 euros en concepto de gastos de gestión de sanción administrativa a clientes que hubieran sido sancionados con una multa de tráfico en el momento que tenían uno de sus vehículos en alquiler.

Avis hacía este recargo por gestionar el pago de la multa y comunicar a la Administración la identidad de la persona infractora.

Sin embargo, la empresa está obligada a hacer esta gestión por ley. Por eso Consumo lo considera una práctica abusiva.

Este expediente nace tras una denuncia presentada por la Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca (EKA/ACUV) y con esta resolución agota la vía administrativa. No obstante, la compañía podrá recurrir la decisión en los tribunales.

La resolución del ministerio concluye que la cláusula de Avis es abusiva dado que vulnera los artículos 82, 87.5 y 87.6 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU).

En concreto, considera que impone el pago de un servicio a la clientela que responde al cumplimiento de una obligación legal de la empresa y "establece una carga económica desproporcionada que rompe el equilibrio contractual en perjuicio de la persona consumidora".

Obligación

La resolución recuerda que la identificación del conductor responsable de una infracción constituye una obligación legal del titular del vehículo. Algo recogido en el artículo 11 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

En el caso de las empresas de alquiler, esta obligación se cumple facilitando a la Administración la identidad de la persona arrendataria. O, en su caso, el contrato de alquiler, por lo que no puede repercutirse a la clientela un coste adicional por realizar un trámite que la ley impone al titular del vehículo.

Estas prácticas por parte de Avis han sido consideradas como una infracción muy grave al apreciarse la circunstancia de agravante prevista en el artículo 48.3c) del TRLGDCU, al persistir en una práctica declarada previamente ilícita.

En este sentido, la resolución destaca que el Juzgado de Primera Instancia nº1 de Vitoria-Gasteiz ya declaró abusiva esta cláusula mediante una sentencia de 22 de septiembre de 2020.

En ella, se declaró la nulidad de diversas condiciones generales utilizadas por Avis -entre ellas la comisión por gestión de multas- y se condenó a la empresa a eliminarlas, dejar de aplicarlas en los contratos vigentes y abstenerse de incorporarlas en el futuro.

Otras multas

Avis es la última compañía en ser sancionada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

Previamente, el departamento que dirige Pablo Bustinduy impuso multas por valor de 179 millones de euros a las aerolíneas de bajo coste Ryanair, Vueling, Volotea, EasyJet y Norwegian por prácticas abusivas como la de cobrar suplementos por el equipaje de mano, reservar asientos contiguos o imprimir la tarjeta de embarque para acompañar a personas dependientes.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) suspendió de forma cautelar las sanciones impuestas por el Ministerio de Consumo a las aerolíneas Ryanair y Norwegian Air por el cobro del equipaje de mano a sus clientes.

Consumo también impuso una sanción de 64 millones a Airbnb por, entre otros motivos, publicar anuncios de alojamientos turísticos sin licencia.

Además, el Ministerio de Consumo castigó con una multa de 3,6 millones de euros a Alquiler Seguro por llevar a cabo prácticas abusivas contra sus inquilinos al vulnerar los derechos de los consumidores aprovechando su posición de predominio de mercado.

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