ACOLFUTPRO sostuvo que el paso de Yhormar Hurtado por Always Ready no viola el reglamento de la FIFA porque el torneo boliviano no integra la competición colombiana-crédito Imagen Ilustrativa Infobae

El 5 de agosto de 2026, se abrió un nuevo capítulo en la polémica inscripción de Yhorman Hurtado. La Asociación de Fútbolistas Profesionales Acolfutpro pidió la revocatoria inmediata de la sanción contra Yhormar Hurtado y acusó a la Dimayor de adoptar una decisión arbitraria que, a su juicio, vulnera el derecho al trabajo del defensor del América de Cali.

La agremiación sostuvo que la suspensión provisional impuesta mediante la Resolución 071 desconoce el reglamento de la FIFA y la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la protección de los derechos fundamentales de los futbolistas.

El eje de la controversia está en la trayectoria reciente del jugador: Hurtado actuó para Deportes Tolima, Always Ready de Bolivia y América de Cali en una misma temporada. Para la asociación, ese recorrido no configura infracción porque el reglamento citado por el gremio solo impide disputar partidos oficiales con más de dos clubes en la misma temporada dentro de la misma competición de copa o liga.

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La organización hizo público su reclamo en un comunicado difundido el 5 de agosto de 2026. Allí rechazó “categóricamente” la resolución del Comité Disciplinario del Campeonato y afirmó que la medida afecta “de manera grave e injustificada” el derecho fundamental al trabajo del futbolista.

La suspensión provisional contra Yhormar Hurtado fue cuestionada por el gremio por presunto desconocimiento del reglamento de la FIFA y de la Corte Constitucional.-crédito Acolfutpro
La suspensión provisional contra Yhormar Hurtado fue cuestionada por el gremio por presunto desconocimiento del reglamento de la FIFA y de la Corte Constitucional.-crédito Acolfutpro

El argumento central del gremio remite al artículo 5, numeral 4, del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA. Ese apartado, citado por la asociación, establece:

“Bajo todas las circunstancias, se tendrá debidamente en cuenta la integridad deportiva de la competición. En particular, un jugador no podrá jugar partidos oficiales por más de dos clubes en la misma temporada en la misma competición de copa o liga, reserva de las estipulaciones más rigurosas de los reglamentos de las competiciones de las asociaciones miembro”.

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A partir de esa redacción, la entidad concluyó que los encuentros disputados por Hurtado con Always Ready no pueden computarse como parte de la misma competición colombiana.

“El torneo boliviano no es parte de la competición colombiana, por lo que no existe infracción alguna”, señaló la organización.

La asociación también cuestionó el uso del criterio de “integridad deportiva” para justificar la sanción. Su objeción es que la resolución invoca una afectación a ese principio, pero no demuestra de qué manera haber jugado antes en un torneo extranjero alteraría la competencia local.

El organismo también cuestionó la decisión de Jorge Iván Palacio en la decisión de Dimayor de otorgar la sanción al jugador Yhorman Hurtado-crédito @acolfutpro/X
El organismo también cuestionó la decisión de Jorge Iván Palacio en la decisión de Dimayor de otorgar la sanción al jugador Yhorman Hurtado-crédito @acolfutpro/X

El pronunciamiento de Acolfutpro no se limitó al plano reglamentario. El gremio llevó la discusión al terreno constitucional y citó la Sentencia T-464 de 2022 de la Corte Constitucional, que, según expuso, instó a la Federación Colombiana de Fútbol y a la Dimayor a garantizar la eficacia de los derechos fundamentales cuando adopten decisiones que involucren a jugadores.

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Con base en ese antecedente, la asociación sostuvo que el caso no puede examinarse solo desde una óptica disciplinaria. Para el gremio, la suspensión debe evaluarse también por su impacto sobre los derechos del futbolista como trabajador.

Añadieron también que la organización puso el foco en la participación de Jorge Iván Palacio, exmagistrado de la Corte Constitucional y miembro activo de la Comisión Disciplinaria de la FIFA. En su comunicado, el sindicato calificó como “alarmante” que la resolución lleve su firma y afirmó:

“Es increíble que Palacio desconozca la constitución y la jurisprudencia constitucional”.

La exigencia final del gremio fue concreta: revocar de inmediato la decisión, acatar el marco normativo internacional de la FIFA y restituir plenamente los derechos de Hurtado. La disputa quedó planteada sobre una pregunta de fondo en el fútbol colombiano: si un jugador puede ser sancionado por haber actuado durante la misma temporada en un torneo del exterior y luego en la liga local.

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Yhorman Hurtado
Esta es la resolución que confirma la suspensión provisionalmente a Yhorman Hurtado en el América de Cali - crédito Dimayor

El 4 de agosto de 2026, Dimayor suspendió por siete días a Yhorman Hurtado y abrió estudio disciplinario sobre su inscripción en América de Cali, una decisión que complica el inicio del club en la Liga BetPlay II 2026 porque Internacional de Bogotá y Boyacá Chicó pidieron los puntos de sus partidos al alegar que el jugador habría sido inscrito de forma irregular.

La medida llega cuando el equipo vallecaucano se prepara para la tercera fecha ante Once Caldas en Manizales, el 5 de agosto de 2026 a partir de las . Un triunfo lo dejaría con nueve puntos, los mismos de Medellín, y le permitiría asumir el liderato por diferencia de gol.

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El conflicto surgió por la situación contractual del exjugador del Tolima, que en la misma temporada estuvo vinculado a tres equipos: Deportes Tolima hasta enero de 2026, luego Always Ready durante el primer semestre y ahora América de Cali. Esa secuencia motivó las demandas de los dos rivales ante los que fue inscrito en Liga BetPlay y Copa Colombia.

La decisión provisional impide que el futbolista sea convocado mientras el comité disciplinario reúne pruebas y define el fondo del caso. Lo que está en discusión no es solo la habilitación del jugador, sino la eventual validez deportiva de los partidos en los que participó.

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En la resolución 071 de 2026, el comité disciplinario explicó que los hechos denunciados “implican conductas de suma relevancia en el marco de lo previsto en el CDU de la FCF, en la medida que tienen que ver con el desarrollo de la competición Liga BetPlay Dimayor II 2026, es crucial por qué evita un daño irreparable a la competición y a los derechos deportivos del jugador y del Club”.

“En el caso presente se tiene que los hechos puestos en conocimiento por las denuncias de partido, implican conductas de suma relevancia en el marco de lo previsto en el CDU de la FCF, en la medida que tienen que ver con el desarrollo de la competición Liga BetPlay Dimayor II 2026, es crucial por qué evita un daño irreparable a la competición y a los derechos deportivos del jugador y del Club”, informó el comité disciplinario en su resolución 071 de 2026.

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